Índice

1- Ley de Memoria Democrática

2- ¿Cuándo entra en Vigor la Ley de Memoria democrática?

3- ¿Qué documentos necesito para la nacionalidad por la Ley de Memoria democrática?

4- Instrucción de la Ley de Memoria Democrática

5- ¿Cuáles son los supuestos de nacionalidad para poder optar por la Nacionalidad Española?

Ley de Memoria Democrática

​​Se ha publicado con fecha de 20-10-2022 en el Boletín Oficial del Estado la Ley 20/2022 de Memoria Democrática, con entrada en vigor el 21-10-2022 Puede consultar la Ley de Memoria Democrática en el siguiente enlace: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-17099

¿Cuándo entra en Vigor la Ley de Memoria democrática?

La Ley de Memoria Democrática se publicó en el BOE el 20 de octubre de 2022 y desde el 21 de octubre de 2022 está en vigor, por lo que ya se puede hacer esta opción a la nacionalidad española a través de la Ley de Memoria Democrática, pero todavía no se sabe como se presentará hasta que se publique las instrucciones.

¿ Qué documentos necesito para la nacionalidad por la Ley de Memoria democrática?

2.1. Documentación común para los tres apartados de la disposición adicional octava:

a) Documento que acredite la identidad del solicitante.

b) Certificación literal de nacimiento del solicitante, expedida por el Registro Civil local en que conste inscrita.

2.2. Documentación adicional para los supuestos del párrafo primero del apartado 1 de la disposición adicional octava de la Ley 20/2022.

a) Certificación literal de nacimiento del padre, madre, abuelo o abuela del solicitante, que originariamente hubieran sido españoles.

b) Si la solicitud se formula como nieto/a de abuelo/a originariamente español, se aportará, además, certificación literal de nacimiento del padre o madre el que corresponda a la línea del abuelo o abuela españoles- del solicitante.

c) La documentación que acredite la condición de exiliado del padre, madre, abuelo o abuela a que se refiere el apartado 3 (Prueba de la condición de exiliado).

Instrucción de la Ley de Memoria Democrática

Dejamos la Instrucción donde se especifica el proceso necesario, así como la documentación que se debe aportar al expediente para poder optar a la Nacionalidad Española a través de la Ley de Memoria Democrática.

¿Cuáles son los supuestos de nacionalidad para poder optar por la Nacionalidad Española?

Se podrá optar a la nacionalidad española a través de tres nuevos supuestos para optar a la nacionalidad:

1- Los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o orientación sexual, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española.

2- Los hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.

3- Los hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo a lo dispuesto en la presente Ley o en la Disposición Séptima de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre.

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