En fecha 19/07/2021 presentamos solicitud de residencia de tarjeta de familiar de ciudadano de la UE, y en fecha 25/10/2021 la Subdelegación de extranjería requiere al interesado para que aporte varios documentos que acrediten medios económicos suficientes (como contrato de 40 horas, cuenta bancaria con extracto de los últimos 6 meses, etc )
Pues bien, presentamos dos escritos de alegaciones en contestación al requerimiento sin aportar la documentación que solicitaban sobre medios económicos, haciendo énfasis en que nuestro cliente estaba trabajando por cuenta ajena, si bien es cierto que, en media jornada, pero se encontraba cotizando y con un contrato de trabajo en vigor.
Muchas oficinas de extranjería, están exigiendo un tipo de contrato en concreto, o que tenga un salario en concreto, o una antigüedad del contrato. Esto no lo exige ningún reglamento, por lo que no es legal y estaría fuera de lugar.
Pues, en base a todo ello presentamos dos alegaciones en base a nuestras fundamentaciones legales y finalmente hemos recibido RESOLUCION DE CONCESIÓN DE RESIDENCIA PARA NUESTRO CLIENTE.
¿Qué es una tarjeta de familiar comunitario?
Es aquella tarjeta de residencia que pueden solicitar los familiares de ciudadano español o de otro Estado miembro de la Unión Europea, o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza, que no ostenten la nacionalidad de uno de dichos Estados, cuando se reúnan con él o le acompañen, y vayan a residir en España por un período superior a tres meses.
¿Cómo puedo solicitar la residencia de familiar comunitario?
En el despacho, te asesoramos y valoramos la viabilidad de presentar tu tarjeta de residencia por familiar comunitario siempre y cuando cumplas los requisitos, te presentamos la solicitud de residencia de manera telemática, sin necesidad de desplazamientos a la oficina de extranjería.
¿Qué documentación necesito para presentar la residencia?
Pasaporte completo válido y en vigor del familiar.
Documentación acreditativa de la existencia de vínculo familiar con el ciudadano de la Unión o del Espacio Económico Europeo
D.N.I. del ciudadano español o certificado de registro del ciudadano de la Unión al que acompañan o con el que van a reunirse
Si es trabajador por cuenta ajena: podrá aportar cualquiera de los siguientes documentos:
- Declaración de contratación del empleador o certificado de empleo, incluyendo, al menos, los datos del nombre y dirección de la empresa, identificación fiscal y código cuenta de cotización.
- Contrato de trabajo registrado en el Servicio Público de Empleo, o la comunicación de la contratación.
- Documento de alta o situación asimilada al alta en el régimen correspondiente de Seguridad Social o consentimiento de la comprobación de los datos en los ficheros de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Trabajador por cuenta propia podrá aportar cualquiera de los siguientes documentos:
- Inscripción en el Censo de Actividades económicas.
- Justificación de su establecimiento mediante Inscripción en el Registro Mercantil.
- Documento de alta o situación asimilada al alta en el régimen correspondiente de Seguridad Social, o consentimiento de la comprobación de los datos en los ficheros de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la Agencia Tributaria.
Si no se ejerce actividad laboral en España se deberá aportar:
- Documentación que acredite disponer de seguro de enfermedad público o privado, contratado en España o en otro país, siempre que proporcione una cobertura en España durante su periodo de residencia equivalente a la proporcionada por el Sistema Nacional de Salud. Los pensionistas cumplen con esta condición aportando certificación de disponer asistencia sanitaria con cargo al Estado por el que perciben pensión.
- Documentación que acredite disponer de recursos suficientes para el ciudadano de la Unión y sus familiares para el periodo de residencia en España. Se podrá acreditar por cualquier medio de prueba admitido en derecho, tales como títulos de propiedad, cheques certificados, documentación justificativa de obtención de rentas de capital o tarjetas de crédito con certificación bancaria que acredite la cantidad disponible como crédito de la citada tarjeta.
Si es estudiante deberá presentar la siguiente documentación:
- Matrícula del centro de enseñanza, público o privado, reconocido o financiado por la administración educativa competente.
- Documentación que acredite disponer de seguro de enfermedad público o privado. Podrá aportar tarjeta sanitaria europea con una validez que cubra el periodo de residencia y le habilite a recibir las prestaciones sanitarias necesarias desde el punto de vista médico, teniendo en cuenta la naturaleza de las prestaciones y la duración prevista.
- Declaración responsable de que posee recursos suficientes para sí y para los miembros de su familia, para su periodo de residencia en España.
Se considerará suficiente para el cumplimiento de los requisitos la presentación de documentación acreditativa de participar en un programa de la Unión Europea que favorezca el intercambio educativo para estudiantes y profesores.