La inscripción de matrimonio hace fe del acto y de la fecha, hora y lugar en que se contrae.
El procedimiento de registrar en España un matrimonio celebrado en el extranjero puede iniciarse ante alguno de los tres organismos siguientes:
- En el Registro Central de Madrid.
- En el registro civil de la localidad española donde esté empadronado el español.
- Ante el consulado de España en el país donde se celebró el matrimonio.
Hay que tener en cuenta que si el expediente lo presentamos a través del Registro Civil de nuestra localidad, posteriormente se enviará al Registro Civil Central quien, tras la comprobación del expediente y tras solicitar nuevamente los correspondientes informes al Registro Civil y al Consulado, resolverá sobre la inscripción.
Documentación necesaria para registrar un matrimonio mixto (entre español y extranjero):
- Certificado de matrimonio expedido por el Registro Civil del país donde se celebró el matrimonio.
- Acta de nacimiento del cónyuge español, expedido por el Registro Civil español.
- Acta/partida/certificado de nacimiento del miembro de la pareja que es extranjero.
- DNI del contrayente español.
- Certificado de empadronamiento del ciudadano español.
- Hoja declaratoria de datos (solicitud en formulario que entrega el registro).
¿Cuánto tarda la inscripción del matrimonio?
Este proceso, por lo general, es bastante largo y tedioso. Actualmente, el plazo de resolución de inscripción de un expediente de matrimonio mixto está en torno a los 2 o 3 años.
Si decides inscribir el matrimonio a través del Registro Civil Consular, el plazo de tiempo se reduce considerablemente, al ser el propio Registro Civil del Consulado quien decide sobre si procede o no, realizar la inscripción.
En este caso no podemos dar un plazo aproximado, ya que depende de la cantidad de trabajo de cada Consulado.