La Mediación es una forma flexible de resolución de conflictos, permite a las partes una solución previa y sobre todo una vía de resolución de conflictos alternativa al proceso judicial.
El mediador no decide, dirime, recomienda….
Liane Leza Abogada
El mediador se limita a conducir el diálogo, allanar y orientar el proceso, utilizando sus habilidades.
¿Dónde se regula la Mediación?
La mediación la podemos encontrar regulada en Real Decreto-ley 5/2012, de 5 de marzo, sus disposiciones son de aplicación general a todo tipo de conflictos, sean transfronterizos o nacionales.
Será aplicable cuando al menos una de las partes tenga su domicilio en España y la mediación se realice en territorio español.
¿Es posible la mediación online?
El RDL apuesta decididamente por el uso de las nuevas tecnologías en el procedimiento de mediación.
Asi mismo el RDL dispone que las instituciones de mediación implantarán sistemas de mediación por medios electrónicos, en especial para aquellas controversias que consistan en reclamaciones dinerarias (art. 5.2).
¿Cuál es el objetivo de la mediación?
El objetivo principal es que las partes en conflicto logren un acuerdo mutuamente beneficioso evitando llegar a la vía judicial de forma rápida y económica.
¿Se debe llegar a un acuerdo total sobre las controversias en el acuerdo de mediación?
El acuerdo de mediación podrá versar sobre una parte o sobre la totalidad de las materias sometidas a mediación.
Cada una de las partes recibirá una ejemplar del acuerdo de mediación, así como el mediador, que se reservará uno para su conservación.
El acuerdo de mediación podrá versar sobre una parte o sobre la totalidad de las materias sometidas a mediación. Cada una de las partes recibirá una ejemplar del acuerdo de mediación, así como el mediador, que se reservará uno para su conservación.