Índice
- ¿Puedo viajar fuera de España si mi nacionalidad está en trámite?
- Precauciones si viajas fuera de España tramitando la nacionalidad
- Plazos para permanecer fuera de España mientras tramitas la nacionalidad
1. ¿Puedo viajar fuera de España si mi nacionalidad está en trámite?
La respuesta es sí. Es totalmente posible viajar y salir del territorio español una vez has iniciado el trámite de nacionalidad y estás esperando una respuesta, pero debes tener cuidado con estos viajes.
2. Precauciones si viajas fuera de España tramitando la nacionalidad
De cara a tu estancia legal en España, es importante que tengas en nuestro país una residencia efectiva y continuada para no perder tu tarjeta de residencia.
Aquí la normativa de extranjería y el Real Decreto 240/2007 (régimen comunitario) establecen en varios de sus artículos, los periodos o salidas permitidas fuera de España. La duración de dichas salidas será menor o mayor en función del tipo de tarjeta que tengas.
Os recordamos los plazos que puedes permanecer fuera de España sin que afecte a tu residencia.
3. Plazos para permanecer fuera de España mientras tramitas la nacionalidad
Régimen General de Extranjería
– Seis meses fuera de España en el periodo de un año para Tarjetas Temporales (por ejemplo, cuando tenemos una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena de dos años, una reagrupación familiar o una residencia no lucrativa).
– Un año de forma continuada fuera de la Unión Europea para tarjetas de Larga Duración o Larga Duración-UE.
Régimen Comunitario
En cuanto a las tarjetas reguladas dentro del régimen comunitario:
– Seis meses en el plazo de un año para Tarjetas de Residencia de Familiar de Comunitario Iniciales.
– Dos años de forma continuada fuera de España para Tarjeta Comunitaria Permanente.
Hola!! Yo tengo una graaan duda, soy menor de edad y mi papá me llevara mediante reagrupacion familiar primero pedirmos la residencia y una vez tenga la residencia la nacionalidad, pero resulta que yo no me quedaré a estudiar en España sí no que vuelvo a mi país de origen un tiempo después de que me den la residencia pero no a vivir solo a terminar el colegio porque nos tememos que me bajen un curso en las escuelas de España, OK el problema no es ese, el problema es que el año escolar que me quedaría a partir de cuando yo venga (me voy el 25 de julio y vuelvo en diciembre, claro si para esto ya tengo la residencia) entonces después de eso me quedarían 7 meses de año escolar, ¿me afectaría en la residencia todo ese tiempo fuera de España? Porque según vi que es 6 meses por año, entonces en su experiencia si tendría problemas en venir en esos 7 meses? Debería de alargar un poco más mi estadía en España después de recibir la residencia? Es muy confuso para mi todo esto, intento investigar pero aparecen muchas cosas diferentes.
Pd: Mi padre tiene comunitario
*República Dominicana *
Buenos días, Habría que ver que residencia se le tramitaría, pero en principio no podría permanecer más de 6 meses en el exterior. Le recomendamos que contacte su padre con nosotros para valorar en profundidad su caso y si lo desea también podemos tramitarle la residencia en su representación.