Índice

  1. La tarjeta de larga duración
  2. Renovación extraordinaria

1. La tarjeta de larga duración

La tarjeta de larga duración reconoce al extranjero el derecho a residir y trabajar en España en las mismas condiciones que un español, de forma indefinida.

Respecto a los requisitos, basta con haber residido legalmente en España de forma continuada durante los cinco años anteriores (es decir, que a diferencia de lo que sucede con las tarjetas temporales, solamente se verifica que hemos residido de forma legal y continuada en España durante los cinco años previos).

Por tanto, se controlará que no hayas superados el período de ausencias fuera de España. En concreto, no haber estado fuera del territorio español más de seis meses en el periodo de un año o bien que la suma total de las ausencias fuera de España no supere los diez meses dentro de los cinco años. Si es por motivos laborales no podrá superar el total de un año dentro de los cinco años requeridos.

2. Renovación extraordinaria

¿Qué ocurre si cuando nos toca acceder a la larga duración, nos damos cuenta de que superamos los 10 meses fuera de España en los últimos cinco años?, ¿no nos dejarían renovar?, ¿me quedaría en situación irregular?

Para evitar que el extranjero se quede en situación irregular, al no cumplir con uno de los requisitos que se exigen para acceder a la larga duración, la normativa de extranjería contempla la posibilidad de solicitar una renovación extraordinaria de tu tarjeta de residencia.

Esta, permite al extranjero poder renovar nuevamente su permiso de residencia siempre que cumpla con los requisitos exigidos en una renovación normal (cuenta ajena, cuenta propia…etc). Es decir, que en esta renovación extraordinaria sí se valorará la cotización previa, disponer de un contrato de trabajo, y el resto de requisitos y supuestos contemplados para la renovación, bien por cuenta ajena o cuenta propia. Una vez que se controle que cumples con los requisitos como si te tocara una renovación normal y no da larga duración, se concederá una nueva autorización con una validez de dos años.

De esta forma, tendrías de nuevo la posibilidad de cumplir todos los requisitos para acceder a la Autorización de Larga Duración, incluido por supuesto el no superar el tiempo permitido fuera de España. En resumen, se haría una tercera renovación de tu permiso, de forma excepcional, para mantener así la residencia legal y continuada y tener por tanto otra oportunidad para acceder a la Autorización de Larga Duración en España.

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